Desde la aprobación de un nuevo valor de referencia para el cálculo de los impuestos a principios de año, se han discutido sus deficiencias técnicas y jurídicas. Los nuevos valores pretenden simplificar el cálculo de impuestos como el de sucesiones y donaciones, el de transmisiones patrimoniales y el de transacciones inmobiliarias. Sin embargo, las deficiencias de estos valores pueden afectar a las liquidaciones con el nuevo sistema.
Respecto a este nuevo valor de referencia catastral, la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha advertido que el nuevo cálculo tiene muchas debilidades. Debilidades que permitirán un procedimiento general contra las valoraciones de los contribuyentes tomando como referencia el valor catastral establecido.
Tras su aprobación, el sector de los asesores fiscales advirtió de que el nuevo valor catastral, que servirá de base para el cálculo de estos impuestos, supondrá un aumento de los ingresos fiscales de las comunidades autónomas.
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Aumento del 24% de los ingresos del impuesto sobre bienes inmuebles
Las últimas cifras facilitadas por el Ministerio de Hacienda a finales de junio muestran que los ingresos obtenidos por los gobiernos regionales por los impuestos relacionados con la propiedad han aumentado un 24% con respecto a 2021. Este aumento en los seis primeros meses del año se traduce en un incremento de los ingresos de 1.200 millones de euros. Esto es gracias a la recaudación de impuestos como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Si se mantiene este nivel de ingresos, el beneficio económico podría alcanzar los 2.500 millones de euros. Esta cifra no tiene en cuenta los beneficios adicionales que podrían obtenerse aumentando la base impositiva. Impuestos como el de patrimonio o el de sucesiones y donaciones. A principios de 2022, las comunidades autónomas ya esperaban unos ingresos de 3.000 millones de euros por el impuesto sobre el patrimonio.
La asociación Aedaf subraya que el nuevo reglamento no cumple los requisitos para ser aplicado. Esto se debe al carácter impreciso del cálculo del nuevo valor de referencia. «La ley no dice nada sobre cómo debe aplicarse, no tenemos la normativa obligatoria para la elaboración de este valor de referencia, y al final es una resolución del Catastro, que es un acto administrativo, no un reglamento, que regula sin tener capacidad normativa para hacerlo. No es un valor fiable y la base imponible no está regulada según la ley.
Base legal y técnica cuestionable para el nuevo valor de referencia
Por lo demás, la Aedaf señala que los valores de referencia se publicaron el 11 de noviembre de 2021. Un hecho que va en contra de lo estipulado en el reglamento. El reglamento establece que los valores de referencia deben publicarse antes del 30 de octubre. Estos aspectos ponen de manifiesto la inconstitucionalidad de la norma, así como la razonabilidad de los recursos interpuestos.
Por otro lado, además de la base legal, la Asociación Española de Asesores Fiscales también destaca las medidas técnicas presentadas. «Hay ocasiones en las que la descripción catastral del inmueble contiene errores y otras en las que, aunque la descripción es correcta, los valores de referencia no tienen sentido.
Hay muchos ejemplos de esta incoherencia. Por un lado, pisos valorados a una altura que no es la verdadera. Los pisos interiores se valoran al mismo nivel que los exteriores. O la valoración de las casas de la cuarta fila por el coste de una casa de la primera fila. Estas descripciones erróneas llevan a Aedaf a señalar que «la misma descripción catastral da lugar al valor catastral y al valor de referencia, lo que significa que las valoraciones son erróneas».
En definitiva, el nuevo sistema de Hacienda dificulta que los contribuyentes puedan recurrir el recálculo de las valoraciones antes de la liquidación. Así, sólo permiten a los afectados recurrir después de haber pagado los impuestos.
A este respecto, Aedaf ha solicitado al ejecutivo que regule el nuevo valor de referencia mediante un reglamento. Además, exigen que se excluyan de este sistema las viviendas con un valor superior a 1 millón de euros. Esto evitaría casos de litigio.